Consejo Superior
El Consejo Superior es el órgano supremo de la Universidad, garante de la voluntad de los fundadores de acuerdo con lo expresado en la Declaración de Principios de los Fundadores, en la Misión Institucional y en la Declaración del 29 de marzo del año 2000, emanada del Consejo Directivo, cuyo texto forma parte integrante de los Estatutos de la Universidad. Como órgano de gobierno le corresponde fijar la política general de la Universidad.
Está integrado por personas de reconocida experiencia, conocimiento, espíritu de servicio desinteresado y disposición de asumir un compromiso de largo plazo con la Universidad, consecuente con los intereses de la comunidad uniandina y de la sociedad en general.
Los miembros del Consejo Superior son de dos clases: Ordinarios, con voz y voto, y Honorarios, con voz y sin voto. Los Consejeros Ordinarios pueden ser Numerarios o Permanentes. La condición de consejero no tiene remuneración y es renunciable ante el mismo Consejo.
Son funciones y atribuciones del Consejo Superior:
- Fijar la política general de la Universidad.
- Aprobar el Programa de Desarrollo Integral, PDI, que quinquenalmente deberá presentar el Rector a su consideración, previo concepto del Comité Directivo, y evaluarlo anualmente teniendo en cuenta los informes de gestión que el Rector debe someter al Consejo Superior. Las modificaciones que sea necesario realizar durante la vigencia del Programa deberán ser presentadas por el Rector a la aprobación del Consejo Superior, previo concepto del Comité Directivo.
- Nombrar y remover el Rector de la Universidad.
- Elegir a los miembros Ordinarios y Honorarios del mismo Consejo.
- Elegir, dentro de los Consejeros Ordinarios, a los miembros del Comité Directivo.
- Nombrar el Revisor Fiscal y su suplente, fijarles remuneración y considerar sus informes de gestión.
- Aprobar el proyecto de asignaciones de recursos para el año siguiente, que para los diferentes programas y áreas académicas le debe presentar el Rector al Consejo Superior en su reunión del mes de septiembre, previo concepto del Comité Directivo, y asegurar su consistencia con el PDI.
- Otorgar distinciones propias de la Universidad.
- Otorgar los grados Honoris Causa, previo concepto del Consejo Académico y del Comité Directivo.
- Aprobar la enajenación de bienes raíces que conformen la sede principal de la Institución, sujetándose a los mismos requisitos exigidos para la reforma de estatutos.
- Aprobar el balance y los estados financieros a 31 de diciembre que, previa recomendación del Comité Directivo y junto con el informe del Revisor Fiscal, deberá presentar a su consideración el Rector en la sesión de marzo de cada año.
- Promover campañas de obtención de donaciones orientadas al cumplimiento de los fines de la Institución.
- Aprobar las reformas de los estatutos.
- Aprobar la disolución y liquidación de la Corporación y nombrar liquidador, cualquiera que sea la causa de la disolución.
- Integrar comisiones de consulta para asuntos financieros, de planeación y de obtención de donaciones, o aquellas que estime conveniente.
- Darse su propio reglamento.
Miembros del Consejo Superior:
Haga clic sobre los títulos y conozca nuestros miembros
- Miembros Permanentes
- Alberto Gutiérrez Bernal
Carlos Enrique Cavelier
Diego Córdoba Mallarino
Elvira María Restrepo
Carlos Vegalara Franco - Presidente