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Raquel Bernal Salazar, rectora de la Universidad de los Andes

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Raquel Bernal Salazar, nuestra rectora

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La Rectora

La Rectora es la representante legal de la Institución y le corresponde dirigir académica, administrativa y financieramente a la Universidad, de conformidad con las políticas y decisiones del Consejo Superior y del Comité Directivo.

Este cargo lo ocupa actualmente Raquel Bernal Salazar.

Funciones y atribuciones del Rector:

  • Llevar la representación de la Universidad, directamente o por medio de apoderados, ante cualesquiera autoridad administrativa, judicial o de otra clase, o ante terceros.
  • Elaborar quinquenalmente el Programa de Desarrollo Integral, PDI, y presentarlo a consideración del Comité Directivo, y al Consejo Superior para su aprobación, lo mismo que las modificaciones que sea necesario realizar durante la vigencia del Programa.
  • Elaborar el presupuesto anual de ingresos y gastos, y llevarlo a la consideración y aprobación del Comité Directivo, junto con los demás componentes del plan financiero.
  • Presentar al Consejo Superior en la sesión de septiembre de cada año, el proyecto de asignaciones de recursos para el año siguiente, que para los diferentes programas y áreas académicas, ha sometido previamente a consideración del Comité Directivo.
  • Presentar al Consejo Superior en la sesión de marzo de cada año, el informe anual de su gestión, acompañado de la ejecución de los proyectos de asignación de recursos, que previamente ha sometido a consideración del Comité Directivo.
  • Elaborar el cuadro de estructura académica y administrativa de la Universidad y presentarlo a la consideración del Comité Directivo.
  • Presentar anualmente a la consideración del Comité Directivo, y a la aprobación del Consejo Superior en su sesión de marzo, el balance y los estados financieros a 31 de diciembre anterior, junto con el informe del Revisor Fiscal.
  • Presentar al Comité Directivo candidatos para el nombramiento de Vicerrectores, Secretario General y Decanos.
  • Nombrar Directores de Departamento, Directores de Centro y Directores de unidades administrativas.
  • Nombrar profesores y delegar esta atribución en los Decanos, cuando lo considere conveniente.
  • Nombrar empleados distintos de los mencionados en los literales anteriores y delegar esta atribución en quien o quienes juzgue conveniente.
  • Aprobar los contratos que celebre la Institución, cuya cuantía y condiciones no excedan de las señaladas por el Comité Directivo en la delegación correspondiente. El Rector podrá subdelegar esta atribución, con autorización del Comité Directivo, en Vicerrectores, Secretario General, Decanos, Directores de Departamento, Directores de Centro y Directores de unidades administrativas, en las condiciones y cuantías que la subdelegación determine.
  • Aprobar las escalas salariales de los profesores y empleados de la Universidad.
  • Dirigir las relaciones de la Universidad con entidades nacionales y extranjeras, y con los ex alumnos.
  • Convocar a sesiones extraordinarias al Consejo Superior y al Comité Directivo.
  • Presidir el Consejo Académico.
  • Las demás funciones y atribuciones que le sean delegadas por el Consejo Superior o por el Comité Directivo.