Efectos y consecuencias de los procesos y de las sanciones disciplinarias

  •  ¿Puede un estudiante matricularse cuando le han iniciado un proceso disciplinario?
    • Sí. Puede continuar con sus actividades como estudiante, hasta tanto el proceso disciplinario no haya culminado.
  • ¿Cuándo empiezan a cumplirse las sanciones disciplinarias?
    • Las sanciones impuestas empiezan a cumplirse:

      Cuando la decisión ha sido tomada y contra ella no procede ningún recurso.

      Cuando interpuestos los recursos, se encuentran resueltos y notificados.

      Cuando los recursos no se interpongan dentro de los tiempos previstos en el presente reglamento.

      Una vez resuelta la revisión, para los casos en que ésta proceda.

      En caso de que al estudiante le sea impuesta la sanción de suspensión de matrícula durante un semestre o en caso de que sea expulsado, cuando ya ha pagado la matrícula, la Universidad le devolverá el total del dinero cancelado para dicho periodo.

      Si se ha impuesto la sanción de suspensión una vez hayan trascurrido las dos primeras semanas de clase, la sanción empezará a cumplirse a partir del siguiente periodo académico.

  • ¿Qué consecuencias trae para el estudiante una sanción disciplinaria?
    • El estudiante al que se le imponga una sanción disciplinaria grave no podrá, durante su duración, recibir distinciones, participar en intercambios, cursos de extensión, ni en prácticas profesionales o sociales coordinadas por la Universidad. El estudiante al que se le imponga una sanción disciplinaria moderada no podrá durante su duración, recibir distinciones, ni participar en intercambios.
  • ¿Qué calificación recibe el estudiante en las pruebas académicas en las cuales incurrió en fraude académico?
    • Iniciado el proceso disciplinario, cuando la conducta configure fraude académico, el profesor deberá calificar la actividad académica o el curso correspondiente con la nota “Pendiente Disciplinario” (PD) que permanecerá como calificación provisional hasta que culmine el proceso disciplinario.

      Concluido el proceso disciplinario y demostrado el fraude, la evaluación o actividad académica respectiva podrá ser calificada, a discreción del profesor, hasta con nota de 0.0, entendida como la consecuencia académica y sin perjuicio de la sanción disciplinaria impuesta.

  • ¿Puede un estudiante tomar cursos de vacaciones si fue sancionado con cancelación de matrícula para el segundo semestre del año?
    • Sí. Se entiende que la suspensión del estudiante se hace efectiva una vez inicie el semestre académico y no antes de ello. Si el estudiante fue suspendido durante el primer y segundo semestre del año, no podrá ver cursos de vacaciones.

  • ¿Puede un estudiante tomar cursos en otras universidades mientras está sancionado y solicitar posteriormente su homologación?
    • No. De conformidad con la Reglamentación sobre homologación y validación de materias, no se permitirá homologar aquellas materias que el estudiante cursó en otra institución, mientras se encontraba suspendido por razones académicas o disciplinarias.
  • ¿Qué requisitos deben cumplir un estudiante que solicita el reingreso por razones disciplinarias?
    • Todos los reingresos por razones disciplinarias serán automáticos, una vez el estudiante haya cumplido con la sanción impuesta y haya cursado el taller que dicta la Decanatura de Estudiantes para tal fin. La Secretaría Académica de la Facultad respectiva será la encargada de verificar la asistencia al taller, antes de tramitar el reingreso.